Vecinos molestos

Actividades molestas e insalubres realizadas por un propietario o inquilino: ¿Cómo evitarlas y solucionarlas?

En este post os explicamos como evitar las actividades molestas de un vecino.

La Ley de Propiedad Horizontal regula las actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas que pueden afectar a las comunidades de propietarios. El artículo 7.2 de dicha ley prohíbe al propietario y al ocupante del piso o local desarrollar actividades prohibidas en los estatutos, dañinas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

Hay que estudiar cada caso concreto y el criterio del Tribunal Supremo es que no vale una mera molestia puntual, debe exceder el régimen o estado de hecho usual y corriente de las relaciones sociales y que sea de manera notoria y permanente. Las actividades prohibidas en los estatutos pueden ser la instalación de apartamentos turísticos en una vivienda, mientras que las actividades molestas pueden ser fiestas ruidosas en una vivienda o un bar de copas en un local de la comunidad que no está insonorizado.

Si el propietario es infractor, la sanción puede suponer la privación de su propiedad hasta un plazo de 3 años, teniendo que estar la vivienda cerrada ese tiempo. Si es un arrendatario u ocupante sin título o por otro título, la sanción puede suponer la resolución del contrato de arrendamiento y el lanzamiento de la finca.

 

«Es aconsejable contar con un abogado que os asesore y os ayude a lograr las pruebas necesarias antes de presentar la demanda»

Es un procedimiento formalista y es necesario cumplir con los requisitos para que la Comunidad no pierda la demanda. Lo primero es que el Presidente requiera al propietario, arrendatario u ocupante de la vivienda el cese de la actividad prohibida mediante una comunicación fehaciente. Si después del requerimiento no cesa la actividad, se convocará una Junta de propietarios para presentar la demanda y contratar un abogado y un procurador.

La prueba es fundamental para que los Tribunales tomen la decisión de privar temporalmente del derecho dominical o de resolver un contrato. Por eso se aconseja asesorarnos por un abogado, para lograr las pruebas necesarias antes de presentar la demanda e ir al procedimiento con las máximas garantías.

En conclusión, las actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas están reguladas en la Ley de Propiedad Horizontal y es necesario seguir un procedimiento formalista y contar con las pruebas necesarias para que la comunidad de propietarios no pierda la demanda.

Además, es aconsejable contar con un abogado que nos asesore y nos ayude a lograr las pruebas necesarias antes de presentar la demanda. Si necesitas resolver cualquier duda relacionada con propiedad horizontal, no dudes en ponerte en contacto con nuestros expertos en la materia.

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